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Novedades contables: Retenciones aplicables a partir 1/12016 - Sociedades Civiles

Las principales novedades son las siguientes:

Retenciones aplicables a partir del 1 de enero de 2016

  • Actividades Profesionales: el tipo de retención corresponde a un 15 por ciento, cualquiera que sea el nivel de sus ingresos. Asimismo, se aplica el 7% para los tres primeros años de inicio de actividad profesional (anteriormente del 9%).
  • Rendimientos de Capital Mobiliario: el tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente del 19,5%).
  • Rendimientos de Capital Inmobiliario: el tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente del 19,5%).
  • Ganancias Patrimoniales: el tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente del 19,5%).
  • Consejeros y Administradores: el tipo de retención aplicable para consejeros y administradores será del 35% (anteriormente del 37%)

En el siguiente link se puede consultar el cuadro de retenciones publicado por la Agencia Tributaria.

Sociedades Civiles

A partir de 2016, las sociedades civiles con objeto mercantil pasarán a tributar por el Impuesto sobre Sociedades, tributando hasta ahora como contribuyentes del IRPF a través del régimen de atribución de cuentas. Asimismo, se establece un régimen fiscal especial para la disolución y liquidación de estas sociedades civiles. 

 

Fuente información: Bufete Escura