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Bonificación Fundación Tripartita

La bonificación por la Fundación Tripartita es un tipo de financiación dirigido a las empresas (se incluyen despachos profesionales con trabajadores en nómina) para financiar, parte o la totalidad, de la formación de sus trabajadores y trabajadoras.

Las empresas, cuyos trabajadores/as coticen en régimen general, podrán recuperar total o parcialmente el importe del curso (si tienen crédito disponible) a través del pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Las empresas hasta 5 trabajadores, recuperarán el importe total del curso. Las empresas con más de 5 trabajadores podrán recuperar un importe parcial, ya que tienen la obligación de participar con sus propios recursos en la financiación de la formación de sus trabajadores con un porcentaje mínimo sobre el coste total de la formación en función del número de trabajadores (Empresas de 6 a 9 trabajadores: 5%; De 10 a 49 trabajadores: 10%; De 50 a 249 trabajadores: 20%; De 250 o más trabajadores: 50%).

Procedimiento:

Documentación que hay que facilitar al CETOP con antelación al inicio del curso (Mínimo 10 días hábiles):

  1. Contrato de encomienda (no cumplimentar sólo para consultar, se trata del modelo de convenio al que se adhiere la empresa).
  2. Adhesión al contrato de encomienda de organización de la formación, firmado por el titular o representante legal de la empresa.
  3. Ficha curso bonificado: ficha de inscripción (se deberá presentar cada vez que se quiera bonificar un curso).
  4. Comunicación de los curso al trabajador o la representación legal de los trabajadores, firmada
  5. Datos fiscales de la empresa.

Toda la documetación (excepto la del punto 1) deberà ser enviada por mail a la Secretaría del CETIO, posteriormente se han de enviar los originales por mensajero o correo postal a la sede del Colegio (punto 2,3 y 4)

Una vez recibida la documentación se gestionará la bonificación correspondiente. Esta tramitación tiene un coste de 50€+Iva y se facturará independientemente de la inscripción del curso.

Los requisitos para tener derecho a la bonificación son:
Estar al corriente del pago de la Seguridad Social y Hacienda

  • Que el alumno esté contratado en la empresa en Regimen General (los autónomos no se pueden bonificar)
  • Realizar un mínimo del 75% de las horas del curso
  • Remitir toda la información y documentos necesarios para gestionar la bonificación, siendo imprescindible el envío de los originales firmados indicados en el párrafo anterior.

Para cualquier duda o aclaración consultar con la Secretaria del CETOP 93 439 87 54