Real Decreto 244/2019, de 05-04-2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica

Este real decreto establece:

- Las condiciones administrativas, técnicas y económicas para modalidades de autoconsumo de energía eléctrica del art. 9 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico (art. 1.1).
- La definición del concepto de instalaciones próximas a efectos de autoconsumo (art. 1.2).
- El desarrollo del autoconsumo individual y colectivo (art. 1.3).
- El mecanismo de compensación simplificada entre déficits de autoconsumidores y excedentes de sus instalaciones de producción asociadas (art. 1.4).
- La organización, así como procedimiento de inscripción y comunicación de datos al registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica (art. 1.5).

Aplica a instalaciones y sujetos acogidos cualquiera de las modalidades de autoconsumo definidas en el art. 9 de la Ley 24/2013, conectados a redes de transporte o distribución (art. 2.1).

Se exceptúan instalaciones aisladas y grupos de generación utilizados exclusivamente en caso de interrupción de alimentación de energía eléctrica de la red eléctrica de acuerdo con las definiciones del art. 100 del Real Decreto 1955/2000 (art. 2.2).

Modifica:

- Art. 9.3 del Real Decreto 1164/2001 de 26-10-2001 establece tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
- El apartado 2.c) de la ITC-BT-40, modifica el encabezado del cuarto párrafo del apartado 7,Se añaden seis párrafos en el apartado 4.3 de la ITC-BT-40, un anexo en la ITC-BT-40 del Real Decreto 842/2002, de 02-08-2002, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (REBT).
- Arts. 3.12, 7.4, 9.3, 9.7, 9.9 del Real Decreto 1110/2007, de 24-08-2007, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.
- Arts. 12.2, 13.1 Real Decreto 1699/2011, de 18-11-2011, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.
Derogacions :
Deroga parcialmente:
- Real Decreto 900/2015, de 09-10-2015, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, salvo los apartados 1 al 4 y 7 de la D. adicional 1ª, las D. adicionales 2ª, 5ª y 6ª y la D. transitoria 7ª.
- Lo recogido en el apartado 4.3.3 y en el tercer párrafo del capítulo 7 de la ITC-BT-40 del Real Decreto 842/2002, de 02-08-2002, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (REBT).

Deja sin efecto: Sentencia 68/2017, de 25-05-2017. Conflicto positivo de competencia 574-2016. Planteado por el Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con diversos preceptos del Real Decreto 900/2015, de 09-10-2015, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo. Competencias sobre energía: nulidad del precepto reglamentario que prohíbe la conexión de un generador a la red interior de varios consumidores; interpretación conforme del precepto relativo a la autorización de vertidos a la red de energía eléctrica por consumidores que implanten sistemas de ahorro y eficiencia.

Any : 
2019
Publicat a: 
BOE - Núm. 83 - Sábado 6 de abril de 2019 - Sec. I. Pág. 35674
Derogada / obsoleta?: 
No
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